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miércoles, 6 de noviembre de 2019

HASTA DENUNCIA PENAL Y DE JUICIO POLÍTICO, ACCIONES A SEGUIR EN ASE LUEGO DE ENTREGAR INFORMES DE AUDITORÍA



ASE deberá cumplir una serie de acciones sujetas a plazos perentorios; inició con publicación en internet de informes y corre plazo para notificación de resultados.
        
San Luis Potosí, México. 06 │ 11 │ 2019 │ Determinar daños y/o perjuicios a la Hacienda Pública en cantidad líquida, es también obligación del organismo fiscalizador.
*.-Promover ante el Tribunal de Justicia Administrativa y órganos internos de control la imposición de sanciones por faltas graves y no graves, respectivamente, otra responsabilidad.

Una vez que la Auditoría Superior del Estado cumplió en tiempo y forma ante el Congreso del Estado, con la entrega de los informes General e Individuales de Auditoría correspondientes a las Cuentas Públicas 2018, el proceso de fiscalización continúa con una serie de acciones a seguir, las cuales están sujetas a diversos plazos perentorios que deben cumplirse.

La primera acción ejecutada, fue la publicación en internet de los informes General e Individuales, y en este momento corre el plazo para notificar a los entes auditables el resultado de la fiscalización, que es de 10 días hábiles a partir de la entrega de los informes.

Concluido el plazo anterior, la ASE deberá recibir dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación, la documentación y argumentos que los entes fiscalizados consideren pertinente para el desahogo de sus observaciones, así como requerir que presenten información adicional, en caso de así considerarlo el organismo fiscalizador.

Habiendo evaluado las observaciones, y desahogado aquellas de las que el ente presentó pruebas suficientes, la ASE determinará en cantidad líquida, los daños y/o perjuicios a la Hacienda Pública, así como informará a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en su caso, los posibles incumplimientos de carácter fiscal que haya encontrado.

Aunado a lo anterior, deberá promover ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, la imposición de sanciones contra servidores públicos en los casos que se hayan detectado faltas administrativas graves; así como ante los Órganos Internos de Control, la investigación y en su caso el procedimiento sancionador, si se detectaron faltas administrativas no graves.

Finalmente, deberá emitir denuncia penal ante la Fiscalía Anticorrupción por presuntos hechos delictivos, y ante el Congreso del Estado para juicio político, en su caso. Paralelo a los procedimientos que la ASE esté llevando a cabo, deberá informar el primer día hábil de los meses de noviembre y mayo, el estado que guarda la solventación de observaciones de las entidades fiscalizadas, como lo marca la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas.







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