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jueves, 5 de junio de 2014

EL CONGRESO DE SAN LUIS POTOSÍ, APROBÓ SANCIONAR LOS DELITOS CIBERNÉTICOS

NOTICIA EN LA CABECERA 199

EL CONGRESO DE SAN LUIS POTOSÍ, APROBÓ SANCIONAR LOS DELITOS CIBERNÉTICOS

● Se castigará penalmente a quien difunda de forma ilícita imágenes íntimas sin autorización.

San Luis Potosí, México. Junio 5, 2014  |  El Pleno del Congreso del Estado aprobó incluir en la legislación penal vigente los denominados delitos cibernéticos debido a que lesiona de forma grave distintos aspectos de la vida social de los potosinos; con esta reforma San Luis Potosí se convierte en la primera entidad del país en legislar sobre este tema.

Se reformó la denominación del capítulo VI del Título Tercero de la Parte Especial; y los artículos, 188 en sus fracciones, VIII y IX, 205 en sus fracciones XVI y XVII, 212 en su párrafo segundo; y ADICIONA los artículos, 158, y 181 Bis; y a los artículos 188 la fracción X, y 205 la fracción XVIII, de y al Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

Al respecto, el Diputado, Alejandro Lozano González señaló que con este nuevo marco jurídico comete el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas quien transmita, publique o difunda imágenes, sonidos o grabaciones íntimas obtenidas con consentimiento de la víctima, pero sin autorización para su difusión. Este delito se sancionará con una pena de uno a tres años de prisión y multa de ciento cincuenta a doscientos salarios mínimos.

Agregó que también se sancionará a quien a través de internet, del teléfono, o de cualquier otra tecnología de la información, o la comunicación, contacte con un menor de dieciocho años y proponga concertar un encuentro con el mismo, a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en el Código Penal, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, se le impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de trescientos a quinientos días multa, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos, en su caso, cometidos.

Lozano González lamentó que en la Entidad ya se hayan cometido delitos que han tenido como origen la utilización de internet, o redes sociales; por ello, y referente al delito de trata se incrementa la pena cuando el victimario en el caso de que hubiere utilizado el internet, las redes sociales o cualquier mecanismo informático para generar un vínculo de confianza con la víctima.

1 comentario:

  1. Y CUANDO LEGISLARAN PARA CASTIGAR A LOS FUNCIONARIOS CORRUPTOS Y SINVERGUENZAS ? O AQUI APLICA AQUELLO DE QUE " UN ALACRAN NO PICA A OTRO ?

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