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jueves, 2 de febrero de 2012

LE EXIGE MARCO ANTONIO GAMA BASARTE, A JOSÉ ALEJANDRO ZAPATA PEROGORDO, “QUE PRESENTE LA LICENCIA QUE LE OTORGÓ EL PLENO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA”, PARA QUE PUEDA, “SIN INCERTIDUMBRE”, HACER CAMPAÑA COMO PRE CANDIDATO A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN LUIS POTOSÍ.

LE EXIGE MARCO ANTONIO GAMA BASARTE, A JOSÉ ALEJANDRO ZAPATA PEROGORDO, “QUE PRESENTE LA LICENCIA QUE LE OTORGÓ EL PLENO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA”, PARA QUE PUEDA, “SIN INCERTIDUMBRE”, HACER CAMPAÑA COMO PRE CANDIDATO A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN LUIS POTOSÍ.

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CIUDAD DE SAN LUIS POTOSÍ, MÉXICO.- Marco Antonio Gama Basarte, Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN), le exigió, con carácter de urgente, a José Alejandro Zapata Perogordo, que le presente la licencia que le ha otorgado el pleno del Senado de la República, para que pueda hacer campaña como pre candidato a la Presidencia Municipal de San Luis Potosí.

“Dice que la tiene pero no me la ha mostrado”, dijo Gama Basarte.

Informó que el día de hoy se reunirá nuevamente con Zapata Perogordo, para que le muestre el documento oficial emitido por el pleno del Senado, donde le concedió la licencia para participar en los procesos internos del PAN, como lo hizo el 17 de septiembre del año 2008, cuando participó en el proceso interno del PAN, como pre candidato a Gobernador del Estado.

Como no ha hecho lo mismo, la incertidumbre que origina la ausencia de un documento oficial del Senado, “ha despertado la sospecha de los militantes y adherentes del PAN”, por ello resulta de “extrema urgencia”, que Alejandro exhiba el permiso del Senado.

En caso de Alejandro ganara el proceso interno, y fuera impugnado por los representantes de otros partidos ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), en las elecciones Constitucionales, por irregularidades jurídicas probadas, el PAN enfrentaría una crisis, al tener que sustituir a su candidato mediante un esquema de coalición.

Pero eso puede evitarse si Alejandro presenta el documento oficial de su licencia de inmediato. Esperamos que lo haga a la “voz de ya”.

CONCLUYE EL CEEPAC, LA INSTALACIÓN DE LOS COMITÉS MUNICIPALES, Y LAS COMISIONES DISTRITALES ELECTORALES.

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CIUDAD DE SAN LUIS POTOSÍ, MÉXICO.- El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) concluyó a tiempo la instalación de los 58 Comités Municipales Electorales (CME) y las 15 Comisiones Distritales Electorales (CDE), organismos descentralizados que organizarán y vigilarán las elecciones de ayuntamientos y diputados locales, respectivamente.

La dirección de Organización Electoral de este organismo, informó que el plazo legal para que el CEEPAC instalara las instancias mencionadas finalizó el 31 de enero pasado, conforme a los artículos 121, 130, 160 fracción I y 161 fracción I de la Ley Electoral del Estado.

Una vez ya instalados los organismos municipales y distritales dependientes del Consejo, se encargarán a partir del presente mes de las diferentes actividades de preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral que les corresponda.

Entre sus atribuciones, las Comisiones Distritales Electorales recibirán las solicitudes de registro de los candidatos a diputados locales por el principio de mayoría relativa, y al término de la Jornada Electoral realizarán el cómputo de los votos emitidos en la elección de diputado de su respectiva jurisdicción.

Los Comités Municipales Electorales recibirán las solicitudes de registro de las planillas de mayoría y listas de candidatos a regidores de representación proporcional a los ayuntamientos.

El artículo 13 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí indica que el ayuntamiento de San Luis Potosí se integrará con un presidente municipal, un regidor y dos síndicos de mayoría relativa y hasta catorce regidores de representación proporcional

Los ayuntamientos de Ciudad Valles, Matehuala, Rioverde, Soledad de Graciano Sánchez  y Tamazunchale, se conformarán con un presidente municipal, un regidor  y  dos síndicos de mayoría relativa, y hasta once regidores de representación proporcional; y los restantes municipios, con un alcalde, un regidor  y  un síndico de mayoría relativa, y hasta cinco regidores de representación proporcional.

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